24 de mayo de 2011

LETICIA VALDÉS O LA INJUSTICIA OAXAQUEÑA

No sólo la profesora Magdalena García Soto ha salido libre de la infamia que organizó Leticia Valdés y sus amigos, también los otros dos acusados pueden librarse de las condenas. La acusación de la violación agravada de un menor en el Instituto San Felipe fue, en realidad, una gran campaña mediática que utilizaron la derecha y las radicales feministas oaxaqueñas para denostar al anterior gobierno. En ese proceso, la acusadora se convirtió en campeona de los derechos humanos, mientras una inocente y otros dos acusados, Hugo Constantino García y Adán Pérez Ramírez, eran linchados en los medios de comunicación.

Hoy sabemos que Magdalena García es inocente y que no hubo pruebas suficientes para acusarla. Ésa fue la conclusión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y nos recalca que el juicio, en realidad, fue un asunto mediático y las instituciones de justicia estatales actuaron bajo presión y no cuidaron las formas legales para declarar culpables a personas probablemente inocentes.

Para quienes han leído el expediente del caso, es claro que no hay delito por perseguir, al menos en la forma de violación agravada. Dice Sergio Sarmiento, un prestigiado columnista: “Nunca se determinó que el niño hubiese sufrido los desgarres de tejidos distintivos de una violación. La madre afirma haber encontrado líquido seminal en el ano, pero los estudios de laboratorio que se llevaron a cabo 14 horas después no demostraron que fuera semen: sólo describen un líquido viscoso blanco sin espermatozoides y señalan su pH. El mismo estudio señala que el líquido tenía olor de semen, pero el médico que lo firma reconoce que nunca lo olió y que ni siquiera estaba en Oaxaca cuando se hizo el estudio. No hay certeza, por otra parte, de que el líquido procediera realmente del pequeño.” Hasta donde sabemos, el niño sólo presentó una leve hipocoloración de un milímetro y medio en el ano, pero los peritos de la Procuraduría estatal argumentaron que podía ser resultado de estreñimiento del menor, por lo que ordenaron pruebas periciales para determinar la profundidad de la lesión, con lo que se comprobaría o rechazaría la probable violación. La madre nunca permitió la aplicación de los exámenes.

La averiguación previa se integró en medio de las declaraciones de prensa de Leticia Valdés, entre marchas y tomas de oficinas gubernamentales por las organizaciones radicales feministas, con la presión del diputado panista –ya fallecido- Guillermo Zavaleta a los funcionarios judiciales y con la constante descalificación de los sucesivos abogados de la denunciante. El resultado fue la consignación de un documento endeble y sin pruebas fehacientes a un juez de distrito que cedió a la presión mediática y condenó a los inculpados.

El gran problema de los acusados fue que contaron con una defensa ineficiente, desconocedora y confiada en su autodeclarada fuerza política. La defensa, encabezada por Jorge Franco Jiménez, nunca exigió un perito tercero en discordia; el caso sólo contó con el perito privado de la querellante y el de la Procuraduría estatal. Tampoco exigieron las pruebas médicas propuestas por los peritos de la Procuraduría para aceptar o rechazar el delito de violación; y nunca demandaron un peritaje del perfil psicológico de la denunciante, Leticia Valdés.

Con una mala defensa jurídica, más la presión mediática y la investigación concentrada en manos del entonces Procurador General del Estado, Evencio Martínez Ramírez, el destino de los acusados fue ser declarados culpables. Un error de la justicia oaxaqueña que la Suprema Corte de Justicia de la Nación está enmendando lentamente.

Publicado en el periódico Tiempo, de Oaxaca, Oax., el 24 de mayo de 2011.

20 de mayo de 2011

JUSTICIA PARA UNA INOCENTE

Cuatro años después, una inocente es liberada, después del periplo de su acusadora, que pasó de los apapachos de la derecha oaxaqueña a las manos de un abogado acusado de pertenecer a grupos subversivos en la década de los setenta. Es el caso más notorio de la tergiversación de las normas legales y la incongruencia personal, para acaparar la atención mediática y cumplir intereses políticos y personales, a partir de un hecho familiar.

El martes pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó liberar de inmediato a la profesora Magdalena García Soto, sentenciada originalmente a 10 años de prisión por participar en la violación de un menor en el Instituto San Felipe. Después de varios años de litigar por su inocencia, hoy recibe la orden de libertad, pero sin siquiera un “usted disculpe”, por el largo tiempo pasado en prisión, a pesar de que la lógica y el sentido común gritaban su inocencia.

Como muchos recordaremos, en 2007, la señora Leticia Valdés presentó una denuncia contra la presunta violación de su hijo por dos profesores del Instituto San Felipe y a la profesora García se le acusaba de conducir al menor al lugar de los hechos. Según la denunciante, los actos ocurrieron un año atrás y, supuestamente, sólo después de comprender la gravedad del caso, acudía ante la justicia. Lo cierto es que llegó acompañada del ahora extinto diputado panista Guillermo Zavaleta y de su primer abogado, para exigirle al entonces Procurador de Justicia del Estado, Evencio Nicolás Martínez, un trato preferencial, la rápida integración de la averiguación, pero sin que el menor se presentara a declarar. Ahí comenzaron los errores y las contradicciones de la madre. Siguió insistiendo que el menor no se presentara y, después, exigió que el personal de la Procuraduría hiciera rapport, para ganar la confianza del niño. Pasaron dos meses y, según ella, el infante no estaba preparado para rendir la declaración. Cuando aceptó, no permitió que se le practicaran las pruebas de laboratorio necesarias para comprobar los hechos.

Ya distanciada de su segundo abogado defensor, entró al círculo de las organizaciones feministas y de defensa de los derechos humanos, enfrentados con el gobernador Ulises Ruiz Ortiz. Lo que estaba encaminado como proceso judicial, se convirtió en una lucha política para denunciar a la Fiscalía de Delitos Contra la Mujer por no consignar la averiguación previa, cuando la propia acusadora había detenido el proceso en varia ocasiones. El día que el juez de distrito obsequiaba las órdenes de aprehensión, Leticia Valdés y las organizaciones feministas de la ciudad de Oaxaca organizaron una marcha que terminó en la Fiscalía y denostó a la Fiscal, acusándola de complicidad con los presuntos culpables. Ese mismo día, la policía judicial detuvo a la profesora García, porque los otros dos implicados se dieron a la fuga.

Lo que continuó después fue litigar en los medios de comunicación social la complicidad del gobierno estatal con los acusados. En el camino, Leticia Valdés pasó por la Cámara de Diputados federal y la de senadores. Su último triunfo fue cuando los diputados de la Coalición por la Paz y el Progreso le otorgaron una medalla como campeona en la defensa de los derechos humanos. Hoy sabemos que fue una verdadera incongruencia y motivado por los humos de la euforia, porque la señora Valdés se hizo famosa, a partir de tener a una inocente purgando una injusta condena.

Publicado en el periódico Tiempo, de Oaxaca, Oax., el 20 de mayo de 2010.

16 de mayo de 2011

TENENCIA VEHICULAR

Un amplio movimiento, contra el pago de la tenencia vehicular, se ha generado en todo el territorio estatal. Muy pocos oaxaqueños están dispuestos a pagar un impuesto que ya fue derogado a nivel nacional y casi todos los estados de la república están aboliendo en sus territorios. Sólo en Oaxaca, este impopular impuesto fue convertido en estatal por el nuevo gobierno.

Por eso me alegra sobremanera que, el 10 de mayo, precisamente el Día de las Madres, un juez federal le haya otorgado el amparo provisional a una señora que solicitó la protección federal contra la amenaza gubernamental de embargarle sus bienes y detener su vehículo, sólo porque no paga el impugnado impuesto. Con esta acción federal, al menos durante un tiempo, los oaxaqueños podrán transitar libremente por las calles y las carreteras de la entidad, sin que el secretario de Seguridad Pública los esté amenazando con quitarles sus vehículos, en lugar de poner en marcha un programa serio contra la delincuencia o, por lo menos, para castigar al subdirector de la Secundaria No. 1 que le propinó una golpiza y una patada en pleno rostro, en aquella infausta visita de Felipe Calderón. Con el amparo en la bolsa, los oaxaqueños pueden no pagar la tenencia vehicular, pero también los pagos de derechos por registro de automóviles y los recargos correspondientes.

Al día siguiente, Jorge Toledo Luis, secretario general la CNOP, le entregó, en mano propia, al gobernador Gabino Cué la iniciativa ciudadana para abrogar el impuesto a la tenencia vehicular. Pocos minutos más tarde, acudió ante la Comisión Permanente del Congreso estatal para entregar ahí el documento. Así, da inicio un proceso legislativo de un tema que se inició en esas mismas instalaciones. Como recordaremos, en el mes de diciembre pasado, el gobierno estatal envió a la Cámara de Diputados una iniciativa con la Ley de Ingresos para el 2011. Entre otros puntos, esa Ley declaraba impuesto estatal un gravamen que, hasta esos momentos, era federal y en proceso de extinción. Sin la presencia de la fracción priista, los diputados de la coalición gobernante aprobaron, por mayoría simple, la instauración de ése y otros impuestos más.

En dos puntos ha insistido el gobierno estatal para justificar el impuesto. Primero, que el gobierno anterior bursatilizó y puso como garantía de los créditos, su cobro; segundo, el pago de los PPS de la Ciudad Administrativa y la Judicial. En el primer caso, en la exposición de motivos, en el octavo punto, se dice: “La abrogación de la tenencia o uso de vehículos no afecta ningún pago o compromiso establecido con anterioridad, toda vez que la bursatilización de activos sólo establece como garantía los ingresos futuros del impuesto sobre nominas y derechos vehiculares y no incluye la tenencia o uso de vehículos y, sólo de manera sustituta, el programa financiero contempla otros ingresos como garantes de la emisión”.

En el caso del pago de las ciudades Administrativa y Judicial, el anterior gobierno siempre insistió que se pagarían con el ahorro obtenido al no pagar rentas de todas las oficinas gubernamentales que antes se encontraban en la ciudad de Oaxaca.

No hay pues, justificación alguna para que el “gobierno de la alternancia y el cambio” siga cobrando un impuesto impopular e ilegítimo. Ojalá los diputados coaligados lo deroguen; de lo contrario, seguiremos viendo en las calles de Oaxaca una creciente cantidad de vehículos con placas foráneas.

Publicado en el periódico Tiempo, de Oaxaca, Oax., el 16 de mayo de 2011.

9 de mayo de 2011

AMONESTACIÓN PÚBLICA A LA SEGEGO

La incapacidad administrativa y la abulia gubernamental recibieron un severo ramalazo el 27 de abril pasado. En esa fecha, el Tribunal Federal Electoral (Trife) emitió una amonestación pública en contra de la secretaria general de Gobierno, Irma Piñeiro Arias, ordenándole que “en lo subsecuente, actúe con diligencia y apego a Derecho”. En realidad, a quien va dirigido el regaño es al subsecretario de Fortalecimiento Municipal de la Secretaría General de Gobierno, Fausto Díaz Montes, por emitir un oficio sin lógica, desapegado a la función política gubernamental y que muestra el total desconocimiento de las normas legales vigentes en el estado de Oaxaca. Como lo hemos manifestado, para los actuales administradores públicos la ley no es más que un pedazo de papel que, ni leen ni están interesados en aplicar.

El asunto se originó en el pequeño poblado de San Antonio, del municipio de Sola de Vega. Ahí, Adalid Everardo Pérez fue electo agente municipal y tomó protesta el primer día de enero de este año. Para mejor cumplir su encargo, solicitó al presidente municipal le extendiera el nombramiento oficial; obviamente, no recibió ninguna respuesta. Entonces el agente recurrió a la Secretaría General de Gobierno (Segego), donde también hicieron caso omiso a su petición.

Ante la apatía gubernamental, el once de marzo presentó ante la Segego la demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. De acuerdo con las leyes vigentes, esa oficina debió enviar su petición al Tribunal Estatal Electoral, instancia facultada para resolver su inconformidad. Sin embargo, al subsecretario de Fortalecimiento Municipal se le hizo fácil contestarle chabacanamente que “No es facultad de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Oaxaca, conocer de la tramitación de los procedimientos jurisdiccionales en materia electoral que se presenten por los ciudadanos … toda vez que esta dependencia no es autoridad electoral, por lo consecuente no emite resoluciones en materia electoral, ni recibe o da trámite de recepción a las demandas de carácter judicial y jurisdiccional (sic).”

En realidad, antes de llegar a todas estas situaciones legales, la Secretaría debió convocar al presidente municipal de Sola de Vega, hacerle un severo extrañamiento, leerle las leyes estatales y federales, y presenciar la entrega del nombramiento oficial al agente municipal inconforme. En cualquier tiempo, ésa es la función política de esta instancia gubernamental, salvo en el actual, donde sólo parece ser la comparsa y la oficina de contratación para darle chamba a los allegados y amigos, aunque desconozcan en lo más mínimo el oficio de la actividad política gubernamental.

Como era de esperarse, el agente municipal remitió su demanda al Trife. Ahí, el magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, se encargó de recordarles a los administradores estatales que su función es respetar y hacer respetar las leyes, y que su ignorancia no los exime de su cumplimiento. Por eso la amonestación pública y la recomendación tan severa.

Por cierto, este magistrado es el mismo que tiene el caso de la inconstitucionalidad del proceso de elección del Consejo General del Instituto Estatal Electoral, donde los diputados de la coalición gobernante se despacharon con la cuchara grande, violando todos los preceptos legales, ético y políticos vigentes hasta hoy.

Publicado en el periódico Tiempo, de Oaxaca, Oax., el 9 de mayo de 2011.

7 de mayo de 2011

OAXACA: INCONSTITUCIONALIDAD ELECTORAL

Una primera señal de la respuesta que dará el Tribunal Federal Electoral (Trife,) en el caso del nombramiento de los integrantes del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y Participación Ciudadana (IEEPC), se dio en la resolución emitida el 27 de abril pasado, donde declararon inconstitucional la elección de un consejero propietario del Instituto Estatal Electoral del estado de Querétaro.

La Cámara de Diputados de Querétaro nombró al consejero electoral con los votos aprobatorios de 15 diputados y la abstención de otros 10, de un total de 25 diputados integrantes de la Legislatura. De acuerdo con la Ley Orgánica del Congreso, los diputados consideraron las abstenciones como votos a favor, para cumplir el requisito constitucional que exige la mayoría calificada del Congreso, un total de 17 votos a favor.

Con la inconformidad de los participantes, el Trife declaró inconstitucional lo establecido por la Ley Orgánica del Congreso, argumentando que “… una ley secundaria como la del Congreso local no podría estar por encima de la Constitución…” Así que, en Querétaro, los diputados deberán reponer el procedimiento efectuado.

Algo parecido ocurrió en Oaxaca. Aquí, la legislatura local tomó una disposición de una ley secundaria -el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca (Cippeo)-, para integrar al Consejo General del entonces Instituto Estatal Electoral, a partir de una mayoría simple. Fue una interpretación muy forzada, porque el artículo aducido, en su fracción tercera, establece como condición que “si no se cubriera la totalidad de consejeros a elegir”, los faltantes pueden ser “electos por mayoría simple”. Sin embargo el problema más grave, para quienes los eligieron, pero también para los elegidos, es que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca establece, en su artículo 25, apartado C, fracción ii, que todos los consejeros –incluyendo al presidente- deberán ser electos “mediante el voto aprobatorio de las dos terceras partes” de los integrantes de la Legislatura. La misma disposición contempla la constitución federal. Además, para evitar interpretaciones erróneas, la constitución estatal establece, en su artículo segundo, la supremacía constitucional; es decir, toda disposición secundaria que la contradiga es nula por principio.

Sobre esa base, la inconformidad oaxaqueña presentada ante el Trife y aceptada inmediatamente, tiene como sustento la inconstitucionalidad del procedimiento para la elección del Consejo General del IEE.

En unos días más, el Tribunal deberá pronunciarse sobre el tema. No dudamos que va a ordenar la reposición del procedimiento para la integración del ahora IEEPC.

Dos grandes problemas quedan inmediatamente pendientes por debatir: ¿Son legales las acciones, no estrictamente electorales, tomadas por un consejo ilegal? ¿Pueden ser consejeros quienes desconocen y violaron las leyes que supuestamente van a defender en el Instituto? Los temas no son nada sencillos, porque remiten a la esencia misma de los actos de gobierno, pero también al terreno de la Ética y la probidad personal de quienes se prestaron a una farsa que, a todas luces, mancharía de principio una institución que debía ser intachable y fuera de toda sospecha.

Publicado en el periódico Tiempo, de Oaxaca, Oax., el 6 de mayo de 2011.

3 de mayo de 2011

OAXACA: FUNCIONARIOS AL VAPOR

Algunos de los dirigentes de los partidos de la coalición gobernante andan apurados. Durante muchos años, nunca se preocuparon de su preparación académica. Eran los tiempos en que bastaba llegar, en periodos electorales, a los entonces partidos opositores para asegurar regidurías y diputaciones de representación popular. Esos partidos andaban tan escasos de cuadros militantes que aceptaban a la escoria, los oportunistas y los vivales de la política para cubrir las listas obligatorias para gozar de las prerrogativas económicas de los partidos políticos. De repente, muchas cosas han cambiado.

Para comenzar, ahora son los responsables de la conducción política, social y económica del estado, aunque el viraje aún no lo terminan de comprender; por eso siguen actuando como si aún estuvieran en campaña y aún fueran la oposición. Como consecuencia, todos, desde el titular de Ejecutivo hasta los líderes políticos siguen echándoles la culpa de todos sus errores a los políticos del gobierno anterior.

Muchos de los traspiés políticos y administrativos se deben a la impericia política y administrativa de los nuevos funcionarios. No es lo mismo ser dirigente opositor o empresario privado, que ser la cabeza administrativa de uno de los estados más pobre del país, sin capacidad de producir empleos bien remunerados y con una alta carga de resentimiento social. Muchos de ellos subieron a la hoja de papel del nombramiento oficial y se marearon con la altura. Otros se estancaron en su tamaño natural. Lo único cierto es que, casi seis meses después de la toma de posesión del nuevo gobierno, los inteligentes cuadros gubernamentales brillan por su ausencia.

Por eso, ante las presiones magisteriales de los cambios en el gabinete, el gobierno estatal no tiene alternativas viables para cubrir las vacantes por llegar. Ése fue el problema de la mancha de origen del gobierno estatal. El incumplimiento de las disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo no obedece a un capricho del titular del Ejecutivo, sino a la falta de cuadros capacitados en las filas de los partidos que se coaligaron en su entorno. Sigue siendo la fuente de su debilidad y la razón de la fortaleza de la nueva burbuja gubernamental.

Es la razón por la que vemos ahora a algunos dirigentes partidistas empeñados en cumplir los requisitos académicos que por décadas se negaron a cubrir. Lo que también nos lleva a descubrir los hilos de la complicidad en la UABJO, y a confirmar que la corrupción pasa de manera horizontal por todos los partidos políticos y por cualquier régimen gubernamental.

En menos de tres meses, después de 15 años de salir de la escuela, el ex secretario de Asuntos Indígenas, Adelfo Regino Montes, dice haber efectuado una investigación y su tesis profesional para titularse como abogado; en menos tiempo, quizá en semanas, el hasta ahora dirigente del PAN, Carlos Moreno Alcántara, también hizo su investigación, elaboró la tesis y va a presentar su examen profesional; ambos lo harán en la Facultad de Derecho de la UABJO. No dudo que se titulen con esa celeridad tan sospecha, lo que sí estoy cierto es que sus tesis no harán historia, ni aportarán nada nuevo a la ciencia jurídica oaxaqueña; pero, con el trámite académico, tendremos titular de la SAI y quizá candidato a secretario general de Gobierno.

En hora buena para el magisterio oaxaqueño y es un buen paso para el actual director de la Facultad de Derecho, en sus aspiraciones futuristas para la candidatura a la rectoría de la UABJO.

Publicado en el periódico Tiempo, de Oaxaca, Oax., el 2 de mayo de 2011.

IEE. IMPUGNACIONES ACEPTADAS

Durante el transcurso de esta semana, el Tribunal Federal Electoral (Trife) recibió y aceptó 10 impugnaciones de los candidatos a consejeros del Consejo General del ahora Instituto Estatal Electoral y Participación Ciudadana (IEEPC), además de la impugnación del Partido Revolucionario Institucional. El solo hecho de que los haya aceptado, pone en entredicho el proceso de elección que culminó la madrugada del domingo 10 de abril pasado y deja muy mal parado a los actuales integrantes del supuesto árbitro estatal electoral.

No es para menos. Cuando los siete actuales integrantes del Consejo General del IEEPC se pararon frente a la mesa directiva habilitada de última hora y levantaron el brazo derecho para protestar cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y las leyes que de ella emanen, demostraron que no han leído la Carta Magna y responden a intereses de grupos políticos y facciones diputadiles. De entrada, debieron prever que la Constitución exige que, al menos 28 diputados de la actual legislatura los aprobaran; ésa es la implicación de la exigencia constitucional de contar con la mayoría calificada del Congreso estatal. Insisto, la mayoría calificada fue instaurada en la época en que el PRI tenía mayoría absoluta en los congresos federal y estatal y se estableció para evitar que, con su aplanadora, el entonces partido del gobierno se negara a escuchar a los partidos minoritarios y garantizaba que, al menos, una representación de esas minorías integrara los organismos básicos de la democracia en construcción. Ése fue el principio que los partidos coaligados de hoy quisieron enviar al cesto de la basura, ahora que, al fin, son gobierno.

Por eso, el razonamiento base de las impugnaciones presentadas ante el Trife parte de la inconstitucionalidad de las acciones de la legislatura estatal. Tanto la Constitución federal, como la local, establecen que los consejeros electorales deben ser nombrados por la mayoría calificada del congreso correspondiente. La federal lo establece en el artículo 41, fracción V en su párrafo tercero; la estatal en el artículo 25, apartado C, fracción II. Ambas constituciones coinciden, por lo que la acción efectuada por los diputados coaligados viola flagrantemente las disposiciones legales. Así, era imposible que el Trife desechara la impugnación y al gobierno estatal sólo le quedara la esperanza de que ninguno de los afectados impugnara.

No tengo ninguna duda que el Trife ordenará la reposición del procedimiento de elección de los consejeros del IEEPC. Avalar lo actuado implicaría declarar inconstitucional las constituciones federal y estatal. Lo que conduciría a la nación a un problema mayúsculo, sólo para salvaguardar los intereses de un mal operador político en Oaxaca. El gran problema que se suscitará, en menos de un mes, es el papel de los actuales consejeros electorales. Después del teatro político escenificado para cumplir los caprichos del operador político y la dócil aceptación de sus indicaciones por parte de los actuales consejeros, ¿alguien puede creer en su independencia, imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad? Precisamente los atributos que exigen las constituciones como requisitos necesarios para ser integrantes del Consejo General del IEEPC.

Publicado en el periódico Tiempo, de Oaxaca, Oax., el 29 de abril de 2011.